Reducciones de impuestos en adquisiciones en pasos de frontera
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Reducciones de impuestos en adquisiciones en pasos de frontera

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Mediante las Resoluciones No. 901/026 y 902/026, la DGI estableció como medida transitoria que los topes de las reducciones de IMESI por adquisiciones de combustible y de IVA por adquisiciones de bienes en comercios ubicados en pasos de frontera terrestre establecidos para cada persona, serán aplicados hasta el 30 de junio 2026 por instrumento y por emisor de los instrumentos de pago.

Asimismo, en lo que refiere a la reducción del IMESI, en la Resolución 901/026 la DGI establece que las formas de documentación de las operaciones de venta de los combustibles serán las mismas que se venían aplicando para anteriores reducciones de combustibles en pasos de frontera terrestre.

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