Informe automático de saldos y rentas de origen financiero a la Administración Tributaria
A través de la Ley No. 19.484 (año 2017) se impuso la obligación a determinadas entidades financieras de comunicar información relativa a saldos, promedios y rentas a la Administración Tributaria en forma automática, tanto de residentes fiscales en la República, como residentes fiscales en otro país o jurisdicción. El Decreto reglamentario (No. 77/017 y siguientes) estableció cuáles son las entidades financieras obligadas, precisó el contenido de la información a comunicar, así como las obligaciones de los sujetos obligados a brindar la misma y dispuso los procedimientos de debida diligencia a los efectos de establecer la residencia fiscal de los titulares de las cuentas.
