Anticipo Fonasa en prestadores de servicios personales fuera de la relación de dependencia
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Anticipo Fonasa en prestadores de servicios personales fuera de la relación de dependencia

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Dado el cambio aprobado en la metodología del costo promedio equivalente para la aportación del FONASA se ajustan los anticipos para los prestadores de servicios personales fuera de la relación de dependencia.

En el Decreto No. 25/026 se establece para los sujetos que perciban exclusivamente ingresos provenientes de la prestación de servicios personales fuera de la relación de dependencia, o que obteniendo otros ingresos estos no les generen cobertura del Seguro Nacional de Salud, al anticipo mensual, se les adicionará un complemento a efectos de cubrir la diferencia con el 75% del Costo Promedio Equivalente para el Seguro Nacional de Salud. En los meses en que no se generen ingresos computables a estos efectos, deberán cubrir de forma íntegra el 75% del referido Costo Promedio Equivalente.

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