Proyecto de Ley – Registro Nacional de Profesionales
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Proyecto de Ley – Registro Nacional de Profesionales

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El 4 de agosto pasado se ha presentado un proyecto de ley por el que se propone crear un Registro Nacional de Profesionales Habilitados el cual será administrado por el Ministerio de Educación y Cultura.

En dicho Registro se inscribirán todos los títulos de grado y posgrado emitidos por las instituciones de enseñanza universitarias y terciarias no universitarias públicas y privadas, con indicación de los nombres y apellidos completos y cédula de identidad del profesional titular, la Institución de enseñanza universitaria o terciaria no universitaria que lo expidió, la fecha de otorgamiento, la fecha de habilitación para ejercer la profesión, y el número de matrícula de corresponder. En caso de expedición de títulos extranjeros, además de los datos referidos para los títulos nacionales, se deberá consignar el número, fecha y órgano emisor de la Resolución que autoriza su reválida y habilita el ejercicio profesional en el país.

También se consignarán las inhabilitaciones de profesionales universitarios dispuestas por una sentencia penal ejecutoriada. En cuyo caso, además de los datos mencionados anteriormente se consignará el número y fecha de sentencia con indicación del Juzgado que la dictare, así como el período de inhabilitación, con indicación precisa de su fecha de comienzo y cese.

Se prevé que todos los organismos públicos, en forma previa a contratar a un profesional, verifiquen en dicho Registro que el mismo está habilitado para ejercer la profesión, agregando la “Constancia de Habilitación Profesional” en el expediente respectivo.

También se prevén sanciones para los funcionarios que no realicen dicha verificación previa.

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