Medidas adoptadas por la emergencia hídrica
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Medidas adoptadas por la emergencia hídrica

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Con fecha 19 de junio de 2023, el Poder Ejecutivo declaró la emergencia hídrica en el área metropolitana del país, en virtud de la situación de sequía que afecta la mayoría de los cursos y principales reservas de agua utilizadas para abastecer a la población de dicha zona.

El gobierno para mitigar el déficit hídrico buscó reducir el precio al consumidor del agua embotellada estableciendo lo siguiente:

  • Exoneración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las enajenaciones de aguas minerales y sodas, a partir del día siguiente al de la promulgación de la ley que la aprueba (Ley No.20.159 del 22/06/23) y hasta la fecha de finalización de la declaración de emergencia hídrica.
  • Estableció un régimen de devolución del IVA incluido en las compras en plaza e importaciones de bienes y servicios destinados a integrar directa e indirectamente el costo de los bienes comprendidos en las enajenaciones referidas en el párrafo anterior.

Cabe aclarar que se entenderá por agua mineral el agua de origen profundo o endógeno gasificada o no, embotellada convenientemente para consumo familiar y que responde a los máximos exigidos por el Código Bromatológico.

Por otro lado, a través del Decreto Nº 178/023 con fecha 20 de junio del 2023, se decreta la fijación de un 0% de la tasa del Impuesto Específico Interno (IMESI) aplicable a las aguas minerales y sodas, medida que regirá hasta la fecha de finalización de la declaración de emergencia hídrica.

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