Regulación para los controles durante el embarazo
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Regulación para los controles durante el embarazo

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El pasado 28 de abril de 2023, mediante la Ley N° 20.129 se regula el derecho de las trabajadoras embarazadas, tanto del sector público como privado, a ausentarse del trabajo para asistir a los controles de embarazo.

La mencionada ley establece que tendrá derecho a ausentarse de su lugar de trabajo hasta cuatro horas al mes y dichas horas se computarán como trabajadas, no pudiendo ser descontadas del salario o remuneración.

Asimismo, se establece también que aquellos trabajadores de ambos sectores que en calidad de cónyuge, concubino o pareja deban acompañar a los controles de embarazo y rutinas correspondientes, también contarán con hasta cuatro horas al mes.

Para hacer uso de los derechos referidos, las trabajadoras y los trabajadores deberán dar aviso a su empleador con, por lo menos, dos días de anticipación y el mismo no podrá ser negado por ninguna circunstancia. También deberá presentar luego el certificado del médico tratante, en el que se deberá establecer tipo de control o consulta realizado, semana de embarazo y fecha y hora de la consulta.

Por último, en el caso de que a juicio del médico tratante, la cantidad de horas mencionadas anteriormente no sean suficientes, se podrá aumentar mediante certificado o constancia emitida por el médico tratante, en el que conste tal circunstancia sin especificarse directa ni indirectamente las causas o patologías que ameriten tal valoración.

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