Programa “Oportunidad Laboral” – Creación de las Fases Cuatro y Cinco
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Programa “Oportunidad Laboral” – Creación de las Fases Cuatro y Cinco

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La Ley N° 19.952 del 20 de mayo de 2021 creo el programa “Oportunidad Laboral” con el fin de promover la inserción y reinserción en el mercado laboral, el cual está dirigido a personas actualmente desocupadas de manera forzosa.

Los beneficiarios del mencionado programa, son personas entre los 18 y los 65 años de edad que no reciban ninguna prestación de naturaleza salarial, ni pública ni privada, ni subsidio por desempleo, por enfermedad, jubilación, pensión u otra retribución de carácter personal, los cuales tendrán la oportunidad de realizar tareas que aporten valor público a la sociedad y recibir una prestación máxima mensual nominal de $ 13.000 por un total de 12 jornales efectivamente trabajados en una quincena. Dicha prestación no tendrá naturaleza salarial ni retributiva, no podrá constituir garantía de obligaciones ni retenciones a excepción de pensiones alimenticias.

El pasado 25 de abril de 2023, el Poder Ejecutivo elevo al Parlamento el Proyecto de Ley N° SN/665, el cual crea las fases cuatro y cinco que se llevaran a cabo en dos etapas: de junio a setiembre 2023 y de octubre a enero 2024, y de mayo a agosto 2024 y de setiembre a diciembre 2024 respectivamente.

Para postularse, los interesados deberán inscribirse en el Registro Nacional obligatoriamente en todas las fases y etapas del programa. Las adjudicaciones se realizaran mediante un sorteo entre los solicitantes en cada fase.

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Emiliano Frachia
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