IVA – Hospedaje prestado a residentes
El pasado 14 de diciembre del 2022 se publicó la Ley No. 20.098
En la misma se establece que los servicios prestados por hoteles en lo relacionado a hospedaje a residentes en el periodo que va desde el 12 de diciembre de 2022 hasta el 28 de febrero 2023 inclusive, serán tratados como exportación de servicios a los efectos del IVA. Como requisito a este tratamiento, los hoteles deberán tener ingresos en su último ejercicio cerrado previo a la vigencia de la presente ley que no hayan superado los 10.000.000 de UI (a la cotización del cierre del ejercicio). En caso de darse ejercicio menor a 12 meses podrá ser prorrateado.
Se entiende por hoteles los establecimientos inscriptos como hotel, apart-hotel, motel, hostería, establecimientos de turismo rural con alojamiento, y todo otro similar.
Este tratamiento aplica para aquellos hoteles registrados ante el Ministerio de Turismo.