Dirección Nacional de Aduanas – Regulación de sistemas de precintado electrónico
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28. noviembre 2022
El pasado 4 de noviembre, el Poder Ejecutivo aprobó el Decreto N° 360/022 que establece la posibilidad de solicitar a la Dirección Nacional de Aduanas la aprobación de sistemas de precintado electrónico propios para aquellas empresas que sean Operadores Económicos Calificados (OEC) y a sus empresas vinculadas a través de un grupo de interés económico.
Lo anterior será de aplicación únicamente a las operaciones aduaneras de tránsito propias, en la medida que el sistema de precintado electrónico y sus operaciones aduaneras de tránsito cumplan los siguientes requisitos:
- el sistema sea utilizado única y exclusivamente en sus propias operaciones de tránsito aduanero en la parte del territorio aduanero solicitado y autorizado por la Dirección Nacional de Aduanas.
- las operaciones aduaneras de tránsito sean realizadas en el marco de proyectos de desarrollo productivo.
- refieran siempre a determinados tipos puntuales y reiterativos de mercaderías autorizadas por la Dirección Nacional de Aduanas, y que las mercaderias transiten exclusivamente desde una zona primaria aduanera con destino a otra zona primaria aduanera.
- que se trate de operaciones entre el OEC y sus empresas vinculadas a través de un grupo de interés económico y la disponibilidad juridica de la mercaderia recaiga en alguno de dichos sujetos.
- sean operaciones aduaneras de tránsito consideradas por la Dirección Nacional de Aduanas de bajo riesgo aduanero según el origen de la mercadería o su composición.