Beneficios para empresas afectadas por temporal en Paysandú
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Beneficios para empresas afectadas por temporal en Paysandú

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Debido a la emergencia departamental declarada en Paysandú en el mes de julio, se aprobó la Ley N° 20.077, con fecha 21 de octubre de 2022, la cual exonera a los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) con domicilio fiscal en la ciudad de Paysandú, del pago del anticipo mínimo del impuesto, incluyendo también a los contribuyentes catalogados como monotributistas y literal E del pago de sus obligaciones tributarias.

El referido beneficio, corresponde al período que abarca desde el mes de julio de 2022 hasta las obligaciones devengadas en el mes de octubre de 2022, inclusive, pudiendo extenderse como máximo a las obligaciones devengadas hasta diciembre de 2022, siempre que los contribuyentes no hubieran podido desarrollar actividades debido al evento climático mencionado.

Otros Beneficios

Además de la exoneración comentada anteriormente, se detallan otros beneficios otorgados a empresas domiciliadas en dicha localidad:

  • DGI podrá otorgar a los sujetos pasivos regímenes de facilidades de pago.
  • BPS estará facultada a otorgar facilidades de pago para Contribuciones Especiales a la Seguridad Social, incluyendo FONASA.
  • Obras privadas de reconstrucción estarán exoneradas al componente patronal de los aportes del BPS.
  • Se exhorta a UTE y OSE a exonerar el pago del componente fijo a las viviendas de Paysandú afectadas por el temporal.

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Patricia Pouso
Supervisora y Gerente Outsourcing e Impuestos
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