Proyectos de ley – Anuncios ofertas laborales
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Proyectos de ley – Anuncios ofertas laborales

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En nuestro país actualmente no existe una regulación específica relacionada con las constancias que deben surgir en los anuncios por los cuales se ofrecen puestos de trabajo o se demandan trabajadores. En ese contexto los empleadores son libres de informar o no incluso en aquellas cuestiones que hacen a la esencia de la contratación.

En la actualidad quien postula a un empleo no se encuentra actualmente protegido, con lo cual, el ingreso a la relación laboral se conforma desde un ámbito materialmente desigual y no amparado legalmente, por ello se propone una regulación mínima en cuanto a la información que debe aportarse obligatoriamente en los anuncios que, por cualquier medio, se hagan ofertando un puesto laboral o demandando trabajadores.

El proyecto de ley propuesto propone lo siguiente:

  1. Establece los elementos que obligatoriamente deben constar en todo anuncio por el cual se ofrezca un puesto de trabajo o se demanden trabajadores.
  2. El potencial empleador deberá informar como mínimo:
    La tarea concreta a desarrollar

    1. El lugar geográfico del mismo
    2. La carga horaria semanal y horario a cumplir
    3. El salario inicial a percibir por el trabajador
  3. La información que se hubiere consignado en el anuncio por el que se demande trabajo vinculará al empleador configurando un mínimo irrenunciable para el postulante que resultare seleccionado.
  4. El potencial empleador no podrá, oralmente o por escrito, personalmente o a través de un representante, hacer  preguntas sobre el historial retributivo de los postulantes en relación con vínculos laborales anteriores.
  5. El Ministerio de Trabajo y de Seguridad Social, será el encargado de la reglamentación y fiscalización del cumplimiento de la presente ley.
  6. El incumplimiento de la obligación de informar en los términos previstos traerá consigo multas de 15-30 UR por anuncio.

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Victoria Sampayo
Supervisor de Auditoria
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