IVA Exoneración – Pan, pastas y fideos
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IVA Exoneración – Pan, pastas y fideos

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El pasado 7 de abril de 2022 fue aprobada la Ley Nº 20.028, a través de la cual se exonera del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones correspondientes a la etapa minorista de los siguientes bienes: pan blanco común, galleta de campaña, pastas y fideos.

Además, establece un régimen de devolución de IVA en las compras en plaza e importaciones de bienes y servicios destinados a integrar directa e indirectamente el costo de los bienes antes mencionados.

Esta exoneración estará vigente hasta el 7 de mayo de 2022.

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