IRPF – Rentas provenientes de activos situados en el exterior
Dias pasados el Poder Ejecutivo aprobó un Decreto, aun no publicado, en el que reglamenta las modificaciones tributarias en el IRAE e IRPF para rentas provenientes de entidades no residentes aprobadas en la última Ley de Presupuesto Nacional.
Dada la extensión del mismo, comentaremos sus principales cambios en nuestra próxima newsletter pero a modo de avance advertimos que las retenciones de IRPF por las rentas gravadas deberán comenzar a volcarse en el mes de julio 2026. Sin perjuicio de ello los agentes designados responsables podrán volcar las retenciones por las rentas generadas en los meses de marzo, abril y mayo en forma mensual aplicando la alícuota del 8%. Si luego en la determinación de la retención correspondiente al mes de junio de 2026 surgiera un excedente, el responsable podrá optar por solicitar la devolución del mismo en los términos y condiciones que establezca la DGI, siempre que se haya identificado al contribuyente por parte del responsable.
