Cigarrillos electrónicos y otros dispositivos
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Cigarrillos electrónicos y otros dispositivos

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A través del Decreto No. 125/025 el Poder Ejecutivo introduce dentro de la prohibición de comercializar, importar, promocionar y patentar a los dispositivos electrónicos para calentar tabaco.

Hasta ahora lo que estaba prohibido eran los que comúnmente se conocen como cigarrillos electrónicos “e-cigarettes”, “e-ciggy”, “e-cigar”, vapes o vaporizadores (vaporizan soluciones líquidas), incluidos aquellos que se ofrezcan como alternativa en el tratamiento contra el tabaquismo. Con la aprobación de este decreto se agregaron los productos para la administración de nicotina que emplean la tecnología de tabaco calentado.

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