
Prevención y salud en el trabajo
En el 2014 a través del Decreto N° 127/014 (decreto comentado oportunamente en nuestra newsletter No. 35), se estableció que, con el objeto de promover la seguridad y salud de los trabajadores en los lugares de trabajo, era obligatoria la implementación de los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo. Estos servicios apuntan a funciones esencialmente preventivas y a brindar asesoramiento al empleador, a los trabajadores y a sus representantes en la empresa acerca de:
- Los requisitos necesarios para establecer y conservar un medio ambiente de trabajo seguro y sano que favorezca una salud física y mental óptima en relación con el trabajo, y
- La adaptación del trabajo a las capacidades de los trabajadores, habida cuenta de su estado de salud física y mental.
En el decreto mencionado se establecen disposiciones mínimas obligatorias para la implementación de estos Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo en cualquier actividad, ya sea comercial, industrial, rural o de servicio de la misma y tenga o no finalidad de lucro, tanto en el ámbito público como privado.
