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Concesiones de Obras Públicas
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17. marzo 2022
El pasado 31 de enero fue publicado el Decreto N° 49/022, el cual busca mejorar las condiciones de los contratos que mantienen las empresas contratadas por la Corporación Vial del Uruguay S.A. para la realización de Obras Públicas, en calidad de concesionario del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Este decreto extiende los beneficios ya otorgados por de la realización de Obras Públicas a los contratos de diseño del proyecto ejecutivo, construcción, rehabilitación, mantenimiento y financiamiento de la infraestructura vial dentro de la faja de dominio público.
A continuación recordamos algunos beneficios tributarios, que consideramos relevantes, otorgados a este tipo de contratos:
- IVA: devolución del IVA incluido en las facturas de compras correspondientes a dichos contratos en forma de certificado de crédito según el procedimiento correspondiente a exportadores.
- IP: se exonera de este impuesto a los préstamos otorgados a estas sociedades, así como la tenencia de obligaciones negociables emitidas por las mismas en tanto constituyan para el deudor pasivos no deducibles, y siempre que la actividad correspondiente hasta sido declarada promovida de acuerdo al artículo 11 de la Promoción de inversiones Ley N° 16.906.
