
Prórroga para la constitución de domicilio fiscal
El pasado 21 de octubre de 2021, a través del Decreto No. 355/021, se estableció la obligatoriedad por parte de los sujetos obligados del sector no financiero, entre los mismos están incluidos los Casinos, Inmobiliarias, Rematadores, Abogados y Escribanos que cumplan con determinadas actividades, de constituir y utilizar el domicilio electrónico (DOMEL) ante la Secretaria Nacional para la Lucha Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (SENACLAFT).
A causa de la celebración de las fiestas de fin de año y el aumento de casos de Covid-19, mediante el Decreto No. 52/022, el Poder Ejecutivo estableció una prórroga a los efectos de la constitución del domicilio electrónico. Dicho plazo se extiende hasta el 31 de mayo de 2022.
