
Impuesto al Patrimonio – Actualización de valores inmuebles y mínimos no imponibles
Mediante el Decreto N° 409/021 de fecha 16 de diciembre de 2021 se establece cómo se deberá calcular el valor real de los inmuebles para el año 2021 y los mínimos no imponibles para el Impuesto al Patrimonio 2021.
Para el caso del valor real de los inmuebles, se obtendrá aplicando el coeficiente 1,0741 a los valores reales de 2020, salvo que la Dirección Nacional de Catastro hubiera fijado un valor distinto.
Los sujetos pasivos del Impuesto al Patrimonio, del Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales y del Impuesto de Enseñanza Primaria, tomarán como base para liquidar los referidos tributos, el importe resultante de promediar los valores reales fijados por la Dirección Nacional de Catastro para los últimos cinco años. A este fin, dichos valores se actualizarán aplicando los coeficientes generales de actualización. Para aquellos años en que la referida Dirección hubiera fijado un valor distinto, el coeficiente de actualización se aplicará sobre este valor.
Asimismo se fijó en $ 5.303.000 el mínimo no imponible del Impuesto al Patrimonio correspondiente al año 2021 para las personas físicas y sucesiones indivisas. Para el núcleo familiar el importe será el doble, es decir, $ 10.606.000.
