{"id":2298,"date":"2021-08-05T13:46:45","date_gmt":"2021-08-05T11:46:45","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ecovis.com\/internacional\/?p=2298"},"modified":"2021-08-30T13:57:06","modified_gmt":"2021-08-30T11:57:06","slug":"implicaciones-de-covid-19-en-grupos-empresariales-precios-de-transferencia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ecovis.com\/internacional\/implicaciones-de-covid-19-en-grupos-empresariales-precios-de-transferencia\/","title":{"rendered":"Implicaciones de Covid-19 en Grupos Empresariales: Precios de Transferencia"},"content":{"rendered":"<p>Como resultado de la emergencia sanitaria COVID 19, se vuelve un reto importante para los Grupos Empresariales el cumplimiento del principio de valor de mercado, dadas las afectaciones econ\u00f3micas que se han generado en la mayor parte de las industrias alrededor del mundo durante los ejercicios fiscales 2020, 2021 y que seguramente tendr\u00e1n implicaciones en los a\u00f1os siguientes. Dicho lo anterior, surge la necesidad de revisar las pol\u00edticas intercompa\u00f1\u00eda, as\u00ed como de llevar a cabo an\u00e1lisis financieros que ayuden a medir el impacto econ\u00f3mico y las implicaciones fiscales durante el periodo afectado por esta situaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En virtud de lo anterior, es importante que los Grupos Empresariales lleven a cabo un an\u00e1lisis del efecto econ\u00f3mico causado por la emergencia sanitaria COVID 19, con el objetivo de identificar y cuantificar todas aquellas variaciones importantes en la informaci\u00f3n financiera de los contribuyentes que pudieran afectar el margen de utilidad obtenido en operaciones intercompa\u00f1\u00eda en dichos ejercicios fiscales, de tal manera de verificar el cumplimiento de valores de mercado y en caso de una revisi\u00f3n por parte de las autoridades fiscales, estar en posibilidad de demostrar que las variaciones presentadas, fueron resultado de un efecto mundial econ\u00f3mico y no por una mala pr\u00e1ctica en materia de precios de transferencia.<\/p>\n<p>Adicionalmente, durante este periodo 2020-2021, los Grupos Empresariales se han visto en la necesidad de retrasar, diferir, o cancelar los cobros o pagos que tienen con sus partes relacionadas, derivado de las limitaciones de flujo de efectivo que presentan, por lo que en muchas ocasiones se han tenido que reestructurar las transacciones y las condiciones econ\u00f3micas reales de las mismas para no ser igual a las establecidas en los t\u00e9rminos contractuales. En este sentido, la normatividad de precios de transferencia establece que, las transacciones intercompa\u00f1\u00eda deben estar debidamente soportadas con un contrato en el que se establezca claramente la operatividad, las actividades realizadas, los riesgos asumidos, t\u00e9rminos de cobro y de pago de las partes involucradas.<\/p>\n<p>Si bien, la esencia de un an\u00e1lisis de precios de transferencia es analizar y demostrar que las operaciones entre empresas del mismo Grupo, se llevaron a cabo bajo las mismas condiciones econ\u00f3micas a las realizadas con o entre terceros independientes, surge la necesidad de realizar una revisi\u00f3n del flujo de efectivo asociado a las transacciones realizadas entre partes relacionadas, de tal forma que la realidad se adecue con lo manifestado en los t\u00e9rminos contractuales. De igual manera, se deber\u00e1 verificar que, en caso de haber existido operaciones similares con terceros independientes, los t\u00e9rminos en cuanto a cobro y pago fueron similares a lo pactado en operaciones con empresas asociadas, esto para validar el cumplimiento del principio de plena de competencia.<\/p>\n<p>En caso de que los Grupos Empresariales cayeran en alguno de estos supuestos, las variaciones en los m\u00e1rgenes de utilidad y los cambios en las condiciones contractuales deber\u00e1n ser documentadas y soportadas desde el punto de vista legal, fiscal, de negocio y de precios de transferencia.<\/p>\n<p>Ante esta situaci\u00f3n, es importante evaluar el ajuste en las pol\u00edticas intercompa\u00f1\u00eda establecidas, considerando pactar condiciones m\u00e1s flexibles que permitan ajustarse a la realidad econ\u00f3mica que se vive actualmente. Asimismo, cobra relevancia realizar un an\u00e1lisis de los costos extraordinarios, que pueden ser asociados a diversos conceptos generados por la emergencia sanitaria, algunos de ellos pueden ser los costos relativos a la terminaci\u00f3n de contratos y efectos laborales, costos por almacenaje, obsolescencia, as\u00ed como de diversos elementos como variaciones en los vol\u00famenes de venta entre un periodo y otro, presupuesto de ingresos en circunstancias normales, cuantificaci\u00f3n de la ayuda gubernamental ante esta situaci\u00f3n, identificaci\u00f3n de las operaciones controladas que fueron afectadas por la emergencia sanitaria COVID 19, t\u00e9rminos de cobro y pago, entre otras circunstancias que pudieron haber afectado el resultado del contribuyente.<\/p>\n<p>Es importante que los asesores en materia de precios de transferencia, al momento de llevar a cabo el an\u00e1lisis econ\u00f3mico de las transacciones realizadas durante los ejercicios afectados, se deber\u00e1n poner a consideraci\u00f3n los distintos criterios en las estrategias de b\u00fasqueda de empresas comparables y en caso de ser necesario realizar los ajustes de comparabilidad correspondientes, los cuales pueden consistir en realizar un an\u00e1lisis financiero de a\u00f1os m\u00faltiples en comparaci\u00f3n al ejercicio en cuesti\u00f3n, ajustes respecto al capital de trabajo, d\u00edas de cuentas por pagar, d\u00edas de cuentas por cobrar, obsolescencia y costos y gastos extraordinarios, entre otros ajustes aplicables, con el objetivo de asimilar en la medida de lo posible la informaci\u00f3n financiera de las comparables a nuestra empresa analizada.<\/p>\n<p>Finalmente, es importante que se analicen todos estos aspectos y se realice el dise\u00f1o de precios de transferencia con el objetivo de documentar el modelo operativo del Grupo asociado a operaciones intercompa\u00f1\u00eda, renegociar los t\u00e9rminos contractuales y llevar a cabo un an\u00e1lisis de forma oportuna que se adecue a las condiciones econ\u00f3micas actuales y as\u00ed evitar penalizaciones por parte de las autoridades fiscales.<\/p>\n<p><strong>The author<\/strong>: M\u00f3nica Alcocer Jaimes, Transfer Pricing Consultant, ECOVIS Quibrera Salda\u00f1a<br \/>\n<a href=\"mailto:mexico@ecovis.mx\">mexico@ecovis.mx<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Como resultado de la emergencia sanitaria COVID 19, se vuelve un reto importante para los Grupos Empresariales el cumplimiento del principio de valor de mercado, dadas las afectaciones econ\u00f3micas que se han generado en la mayor parte de las industrias alrededor del mundo durante los ejercicios fiscales 2020, 2021 y que seguramente tendr\u00e1n implicaciones en [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":10,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[30,1],"tags":[47,46,55,45],"class_list":["post-2298","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-mexico","category-noticias","tag-covid-empresas","tag-implicaciones-empresas","tag-newsletter-02-2021","tag-precios-de-transferencia"],"acf":[],"featured_image_url":"","featured_image_url_large":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.ecovis.com\/internacional\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2298","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.ecovis.com\/internacional\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.ecovis.com\/internacional\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecovis.com\/internacional\/wp-json\/wp\/v2\/users\/10"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecovis.com\/internacional\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2298"}],"version-history":[{"count":8,"href":"https:\/\/www.ecovis.com\/internacional\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2298\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2338,"href":"https:\/\/www.ecovis.com\/internacional\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2298\/revisions\/2338"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.ecovis.com\/internacional\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2298"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecovis.com\/internacional\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2298"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecovis.com\/internacional\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2298"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}